Los abusos sexuales perpetrados por referentes religiosos siguen generando conmoción y repudio. La figura del pastor o ministro de culto, muchas veces asociada a la guía espiritual, contención y autoridad moral, se convierte en un factor de riesgo cuando es utilizada para ejercer poder sobre personas vulnerables, especialmente menores.
Este tipo de delitos, agravados por el vínculo de confianza y la posición jerárquica del agresor, evidencian las fisuras que existen dentro de algunas instituciones religiosas en cuanto a mecanismos de prevención, control y denuncia. La intervención de la justicia y el trabajo de equipos especializados en violencia de género han sido clave para que estos casos no queden silenciados, pese a las resistencias sociales que muchas veces intentan proteger la imagen del agresor antes que a la víctima.
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Este jueves 31 de julio, la Cámara Penal de Trelew confirmó la sentencia que condenó a 14 años de prisión a un pastor evangélico hallado culpable de abusar de una menor de edad. El tribunal, integrado por los jueces Adrián Barrios, Alejandro Defranco y César Zaratiegui, rechazó el pedido de nulidad impulsado por la defensa y ratificó la sentencia emitida por el juez Fabio Monti el pasado 8 de mayo.
La Cámara Penal de Trelew ratificó la sentencia dictada tras un juicio por jurados
MPF
Con respecto a la acusación estuvo a cargo del equipo especializado en violencia de género de la Fiscalía de Trelew, compuesto por Silvia Pereira, Claudia Ibáñez, Rocío Lorenzo, Melina Da Graca y el Lic. Esteban Prusso.
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Los delitos fueron calificados como abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal, ambos agravados por ser cometidos por un ministro de culto y en un contexto de violencia de género, en concurso real, conforme a los artículos 119, 45 y 55 del Código Penal, y en línea con lo establecido por la Ley 26.485 y la Convención de Belém do Pará.
LA CONDENA AL PASTOR EVANGÉLICO
La condena había sido impuesta luego de un juicio por jurados, donde se acreditó que el acusado abusó sexualmente de una adolescente de 14 años entre marzo y noviembre de 2022, aprovechando su condición de ministro de culto y su vínculo cercano con la familia.
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El fallo fue ratificado tras la audiencia de impugnación celebrada el 17 de julio, donde la defensa presentó objeciones que finalmente fueron desestimadas. Los jueces de la Cámara consideraron que el juez Monti fundamentó adecuadamente la pena, señalando agravantes como:
- La reiteración de los hechos (concurso real)
- El vínculo sentimental con la madre de la víctima
- El uso de su rol religioso para manipular
- La violencia física en al menos uno de los episodios
Gacetilla de información del Ministerio Público Fiscal, con edición de un periodista de ADNSUR