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miércoles, octubre 22, 2025

Una mujer ignoró al banco por una deuda de tarjeta y ahora deberá pagar una fortuna

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Una vecina de la ciudad de Mar del Plata recibió una dura condena por parte de la Justicia Civil y Comercial, que la obliga a pagar más de $800.000 tras haber acumulado una importante deuda con dos de sus tarjetas de crédito. El factor determinante en la sentencia fue su decisión de ignorar por completo tanto los reclamos del banco como la posterior demanda judicial que se formalizó en su contra.

El fallo fue emitido por la jueza Patricia Noemí Juárez , titular del Juzgado Civil y Comercial N°11 de Mar del Plata. En su resolución, la magistrada dispuso que la deudora deberá abonar la suma de $825.940,28 , a la cual se le deberá sumar los intereses correspondientes calculados desde el momento en que incurrió en mora. El pago deberá efectivizarse dentro de los diez días posteriores a que la sentencia quede firme.

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Cómo se originó una deuda que terminó en la Justicia

El conflicto judicial tuvo su inicio formal en febrero de 2024 , cuando el equipo de letrados del Banco Provincia presentó una demanda por «cobro de pesos» contra la cliente, después de agotar las instancias de reclamo extrajudicial por los reiterados incumplimientos en sus pagos. La mujer había suscrito dos contratos de tarjetas de crédito con la entidad, una Visa y una Mastercard , las cuales utilizadas de manera regular para financiar sus consumos hasta que, en un momento determinado, dejaban de abonar los resúmenes mensuales.

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De acuerdo con los documentos presentados en la causa judicial, la mora de la primera tarjeta de crédito comenzó en marzo de 2023 , mientras que el cese de pagos de la segunda se registró en mayo del mismo año . A partir de esas fechas, la deuda original comenzó a crecer exponencialmente debido a la acumulación de intereses punitorios, gastos administrativos y otros cargos contractuales que se aplican ante la falta de pago.

El silencio que definió la sentencia

Uno de los aspectos procesales más relevantes y que selló la suerte de la demandada fue su absoluta falta de respuesta ante el proceso judicial. A pesar de haber sido notificada legalmente sobre la existencia de la demanda en su contra, la mujer nunca presentó un descargo formal, no designó un abogado defensor ni ofreció prueba alguna que pudiera controvertir el reclamo del banco.

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«La demandada utilizó las tarjetas emitidas, pero no afrontó los pagos ni abonó los intereses y gastos «, se sostiene en el escrito judicial que dio lugar a la condena. Esta inacción procesal llevó a la jueza Juárez a aplicar los principios legales que rigen en estos casos. Si bien el silencio por sí solo no implica una confesión, la magistrada demostró que, ante la contundencia de la prueba documental presentada por el banco (contratos, resúmenes impagos), la pasividad de la deudora podía interpretarse como un reconocimiento implícito de los hechos expuestos en la demanda.

En su fallo, la jueza aclaró que, si bien no contestar una demanda no implica automáticamente perder el juicio , en este caso particular el silencio «puede estimarse como un reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos sostenidos por la actora». Esta presunción se fortalece cuando la parte demandante acompaña pruebas suficientes que respaldan su reclamo, como ocurrió en esta situación.

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La resolución final

Tras analizar la documentación, que incluía los contratos de adhesión firmados por la cliente y el historial de resúmenes impagos, la magistrada comprobó fehacientemente la existencia de la relación contractual y de la deuda acumulada. Por lo tanto, determinaron que el reclamo del Banco Provincia era procedente y debía ser acogido en su totalidad .

Según informó Bae Negocios, la mujer no solo fue condenada a pagar el capital adeudado más los intereses correspondientes, sino que también deberá afrontar la totalidad de las costas del proceso judicial , lo que incluye los honorarios de los abogados de la parte actora y otros gastos derivados del litigio.

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